La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó con 130 votos a favor el proyecto de ley del Ejecutivo que fortalece la resiliencia del sistema financiero local y sus infraestructuras (Boletín Nº 15.322-05), el pasado martes 11 de octubre. Además, se aprobó en particular la Enmienda del Senado al artículo segundo transitorio y el artículo que reemplaza el artículo 87 de la Ley General de Cooperativas, cuya votación por separado fue solicitada porque requerían mayorías especiales.  Estos artículos se aprobaron con 112 y 116 votos a favor, respectivamente.

 

 

 

 

 

 

 

Esta iniciativa legal, entre otros puntos, perfecciona la legislación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito (CAC), estipulando que estas entidades con patrimonio igual o superior a 400 mil Unidades de Fomento (UF) serán supervisadas exclusivamente y en su totalidad por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Con ello, la CMF además de fiscalizar todas las operaciones económicas de las CAC, supervisará los aspectos legales constitutivos y de sus Gobiernos corporativos, incluyéndolos en la evaluación de su gestión en los mismos términos que bancos y otras entidades fiscalizadas, pero conservando su naturaleza de Cooperativa 

El Jefe de la División de Asociatividad y Cooperativas del Ministerio de Economía y Fomento, Cristóbal Navarro, destacó que “es muy relevante que un organismo tan prestigioso como es la CMF, incorpore en todo su trabajo de fiscalización y normativo la forma particular en la que funcionan las cooperativas, salvaguardando su esencia, para lograr una correcta supervisión y un correcto marco normativo de acuerdo con las características particulares de funcionamiento del modelo cooperativo”.  

En este sentido, Navarro explicó que la fiscalización que realice la Comisión de Mercado Financiero deberá considerar el principio de proporcionalidad y atenderá a las características y principios fundamentales Artículo 1 de la Ley General de Cooperativas, donde está definido el modelo cooperativo, con sus particularidades y diferenciales respecto a la banca. Además, en caso de que surjan aspectos que puedan no ser entendidos como compatible con la Ley de General de Cooperativas, la CMF deberá realizar las respectivas consultas a la División de Asociatividad y Cooperativas del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (DAES).  

La iniciativa legal también permitirá a las CAC con un patrimonio superior a las 400 mil UF acceder a los servicios de medios de pago del Banco Central, mientras que aquellas que cuyo patrimonio sea superior a las 800 mil UF podrán solicitar financiamientos de liquidez de corto plazo del Banco Central. Ambos beneficios hasta hoy estaban restringidos a bancos e instituciones financieras no cooperativas.  

“Otro de los aspectos que reforma la Ley de Resiliencia Financiera es que la Ley Orgánica del Banco Central que ahora remitirá directamente a la Ley General de Cooperativas, obligándolo así a considerar las especificidades de las Cooperativas en su quehacer. Con ello, es la primera vez que otros marcos legislativos y normativos, además de la Ley de Cooperativas, reconocen explícitamente la naturaleza de las cooperativas y las protegen”, destacó el Jefe de la DAES.   

“Destacamos y celebramos la tramitación del Ministerio de Hacienda, que trabajó en coordinación con otros organismos estatales, lo que demuestra como el Estado está aprendiendo a trabajar con este modelo tan particular como es el de las cooperativas, un modelo que crece actualmente en Chile en más de un 12 por ciento anual”, añadió Navarro. 

 De esta forma – concluyó la máxima autoridad de la DAES- se avanza decididamente en “nivelar la cancha” para que las cooperativas puedan acceder a los mismos beneficios y servicios que brinda el Estado para el resto de las empresas del país. Y esto salvaguardando explícitamente las particularidades de funcionamiento y los principios que definan la esencia del cooperativismo.